Reglamento

Reglamento

El presente Reglamento del Círculo no es un documento cerrado, sino que está sujeto a permanente mejora. Cualquier persona puede proponer mejoras, directamente en la Asamblea o mediante el formulario que encontrarás al final de esta página. Todas las propuestas deben ser aprobadas por la Asamblea, conforme al procedimiento descrito en el art. 9 de este Reglamento.

REGLAMENTO DEL CÍRCULO PODEMOS PUERTOLLANO


CAPÍTULO 1: OBJETO Y DEFINICIONES

Artículo 1. Definición.

El Círculo PODEMOS PUERTOLLANO es una agrupación voluntaria y abierta en la que convergen personas interesadas por una transformación social sustentada en el respeto por la democracia, la dignidad y los derechos humanos. Es la mejor garantía para el control y evaluación de los órganos y de los cargos públicos de PODEMOS, vigilando contra la corrupción, la opacidad, por la participación y las garantías de todos los procesos.

Artículo 2. Ámbito territorial.

El Círculo PODEMOS PUERTOLLANO tiene ámbito territorial municipal, que se corresponde con el municipio de PUERTOLLANO, provincia de Ciudad Real, y goza de autonomía para decidir sobre sus fórmulas organizativas en el ejercicio de sus competencias y en el marco del respeto a los Principios Organizativos de PODEMOS y a los reglamentos organizativos de las Asambleas y Consejos Ciudadanos de los territorios.

Artículo 3. Principio de no duplicidad.

No puede existir más de un Círculo PODEMOS en el mismo ámbito territorial. En caso de duplicidad estricta o sujeta a conflicto por solapamiento manifiesto, el Área de Extensión escuchará a los Círculos implicados y determinará una fórmula de resolución. Contra esta medida cabrá recurso ante la Comisión de Garantías Democráticas que resolverá, oídas las partes, mediante el procedimiento establecido.

Artículo 4. Constitución y validación del Círculo.

El Círculo PODEMOS PUERTOLLANO realizó su Asamblea constituyente el día 5 de junio de 2014, con la asistencia de alrededor de 100 personas, y firmaron el Acta de constitución doce personas inscritas en PODEMOS PUERTOLLANO. El presente modelo organizativo se basa en el Protocolo de Validación de Círculos que se integró en el documento de Principios Organizativos aprobados por la Asamblea Ciudadana Sí Se Puede. En concreto, lo expuesto en el Título IV: «Círculos», especialmente en el art. 44: «Sobre la constitución de los Círculos», el art. 46: «Garantías de validación», así como en la disposición transitoria 6º sobre plazos para la validación por silencio administrativo.

Artículo 5. Personalidad jurídica del Círculo.

La personalidad jurídica del Círculo PODEMOS PUERTOLLANO será asociación o delegación de partido, pero aún no se ha decidido. Estamos a la espera de asesoramiento de instancias de ámbito territorial superior. Este artículo se modificará a su debido tiempo.


CAPÍTULO 2: COMPETENCIAS DEL CÍRCULO

Artículo 6. Competencia general.

La Asamblea del Círculo PODEMOS PUERTOLLANO puede apadrinar una iniciativa ciudadana en nombre de PODEMOS, o vetar que ésta se lleve a cabo en su nombre. Esto no excluye que los miembros de PODEMOS, a título individual y sin representar al partido, puedan participar de las iniciativas que consideren necesarias.

Artículo 7. Soberanía del Círculo.

El Círculo PODEMOS PUERTOLLANO es soberano para tomar decisiones en su ámbito territorial, siempre que no contravengan, y sean por ello coherentes con la política general de la organización. Si una iniciativa de un Círculo afecta en algún sentido a la imagen o desempeño de PODEMOS en el ámbito territorial de una Asamblea y Consejo Ciudadano, éstos serán competentes para evaluar la misma y autorizar o desautorizar su desarrollo. El Círculo PODEMOS PUERTOLLANO deberá atender, en su funcionamiento y coordinación con otros Círculos, a los procedimientos establecidos por la Asamblea y Consejo Ciudadano Regional.

Artículo 8. Competencias específicas del Círculo PODEMOS PUERTOLLANO.

  1. Convocar consultas a las Asambleas Ciudadanas de cualquier ámbito territorial mediante el siguiente procedimiento: 1. Elaborar una propuesta escrita avalada por al menos tres técnicos cualificados en la materia. 2. Aval a la propuesta de un 20% de los Círculos validados o un 20% de la inscripción correspondiente al ámbito territorial del que se trate.
  2. Convocar debates en los Consejos Ciudadanos, a través de encuentros presenciales y online, en particular sobre cuestiones de específica sensibilidad territorial, mediante el siguiente procedimiento: 1. Elaborar una propuesta de debate escrita avalada por al menos dos técnicos cualificados en la materia. 2. Aval a la propuesta de un 10% de los Círculos o un 10% de los inscritos correspondiente al ámbito territorial del Consejo Ciudadano.
  3. El Círculo PODEMOS PUERTOLLANO tiene entre sus obligaciones la tarea de mantener un contacto fluido y permanente con los distintos actores de la sociedad civil, así como la de crear tejido social, y participar e impulsar los distintos movimientos que, en el ámbito de actuación correspondiente, estén en sintonía con los planteamientos de PODEMOS. Al objeto de garantizar este contacto y enriquecimiento mutuo, el Círculo tratará de convocar, al menos una vez al año, una Asamblea Social con los actores de movimientos sociales del territorio.

Artículo 9. Competencias extraordinarias.

  1. Elección o modificación de la personalidad jurídica del Círculo.
  2. Aprobación y modificaciones de reglamentos internos sobre la organización del Círculo.
  3. Aquellas que, por su trascendencia, pudieran definir o afectar a la imagen pública de PODEMOS en la localidad.

El proceso de votación de las competencias extraordinarias en la Asamblea presencial no será válido si no supera los siguientes requisitos:

  1. Un quórum mínimo del 10% de los inscritos de PODEMOS en el territorio.
  2. Un proceso de votación que cumplirá con los debidos requisitos de anuncio, exposición pública del caso y debate.
  3. Un quórum mínimo del 50% de votantes respecto a los que iniciaron la Asamblea presencial.

De no lograr superar estos requisitos, la Asamblea del Círculo sólo podrá seguir adelante con la decisión previa consulta con el Consejo Ciudadano Territorial de ámbito territorial igual o inmediatamente superior, o mediante aprobación de la misma en consulta a la Asamblea Ciudadana de ámbito territorial igual o superior.

Artículo 10. Preeminencia de la Asamblea.

Para evitar que personas particulares o grupos concretos puedan acumular poder y controlar la Asamblea, no existirán cargos permanentes en el Círculo. Todos los responsables y grupos de trabajo se elegirán en cada Asamblea presencial de forma temporal, únicamente hasta la siguiente Asamblea, donde se renovarán automáticamente o se revocarán. La actualización de responsables y grupos de trabajo será un punto fijo del Orden del Día en todas las Asambleas.


CAPÍTULO 3. PRINCIPIOS ORGANIZATIVOS DEL CÍRCULO

Artículo 11. Requisitos para participar en el Círculo PODEMOS PUERTOLLANO.

El Círculo PODEMOS PUERTOLLANO está permanentemente abierto a la participación ciudadana. No es preciso estar afiliado o ser inscrito de PODEMOS para participar en un Círculo.

Artículo 12. Grupos de Trabajo y Responsables en la Asamblea de PODEMOS PUERTOLLANO

El Círculo PODEMOS Puertollano se organiza mediante Asambleas presenciales, Grupos de Trabajo y Responsables. Únicamente la Asamblea del Círculo tiene potestad para elegir o revocar los Grupos de Trabajo y los Responsables, siempre de forma temporal, hasta la siguiente Asamblea, donde se renueva automáticamente el nombramiento o bien se revoca (se deja sin efecto). La elección y revocación de los Grupos de Trabajo y Responsables en los Círculos se realizará siempre en las Asambleas presenciales, y tendrá validez únicamente hasta la siguiente Asamblea.

Artículo 13. Asambleas presenciales.

Para que una Asamblea del Círculo sea válida, debe asistir un quorum mínimo de 12 personas mayores de 14 años. De no alcanzarse, la reunión se considerará de trabajo, pero no Asamblea del Círculo. Podrán tratarse los temas del Orden del Día u otros que se consideren pertinentes, pero no se consignarán en un Acta de Asamblea, ni serán representativas de la voluntad de la Asamblea las decisiones que allí se tomen. No obstante, las personas presentes en la reunión elegirán fecha y lugar para la siguiente Asamblea.

Artículo 14. Grupos de Trabajo.

Un Grupo de Trabajo requiere un mínimo de tres Responsables que voluntariamente se hagan cargo de la formación y el funcionamiento del grupo, y propongan a la Asamblea su aprobación. Para ello comunicarán una denominación para el grupo, detallarán las funciones a las que se dedicará el grupo y comunicarán la duración prevista del grupo: puntual (hasta resolver una tarea concreta), temporal (hasta conseguir un objetivo determinado) o indefinido (hasta que el propio grupo decida deshacerse o la Asamblea lo deje sin efecto). Cualquier persona puede pedir a la Asamblea ser añadida como Responsable de un Grupo de Trabajo. La Asamblea lo aprobará si los demás Responsables no ponen objeciones. Los Responsables organizan o coordinan el trabajo del Grupo, y pueden inscribir como colaboradores del Grupo a otras personas que lo pidan. También cualquier persona puede colaborar en el Grupo de Trabajo sin inscribirse. Los grupos de trabajo son abiertos y participativos. Los Responsables comunican el día, hora y lugar de sus reuniones para que cualquier persona pueda participar. Asimismo, comunican sus iniciativas para que cualquiera pueda sumarse a ellas. Y también publican los resultados obtenidos tanto en la Asamblea como en el sitio web del Círculo.

Artículo 15. Responsables.

Los Responsables se ofrecen siempre de forma voluntaria para su aprobación por la Asamblea y pueden pedir a la Asamblea su cese voluntario en cualquier momento. La Asamblea no puede obligar a ningún miembro a presentarse como Responsable. Los Responsables se hacen cargo —en

número mínimo de tres— de los Grupos de Trabajo, pero también pueden presentarse de forma individual para tareas concretas, como ser moderador/a, tomador/a de acta, enviado/a en nombre del Círculo a determinados eventos, o como Portavoces del Círculo. El Círculo puede aprobar tantos Responsables como se presenten voluntariamente y la Asamblea considere necesarios. Tanto los Responsables como los Grupos de Trabajo que éstos coordinan se renuevan o revocan en cada Asamblea.

Artículo 16. Portavoces.

Puede haber en el Círculo PODEMOS PUERTOLLANO tantos Portavoces como decida la Asamblea. Puede haber Portavoces para eventos concretos, o para fechas concretas. Los Portavoces son Responsables, y por lo tanto se ofrecen voluntariamente para tareas concretas o generales. Cada Asamblea los renueva o no en sus funciones, y ellos mismos pueden pedir el cese voluntario a la Asamblea cuando lo deseen.

Artículo 17. Comisiones.

Sigue a continuación una lista de comisiones que pueden ser útiles para el buen funcionamiento del Círculo, y servir de referencia para la formación de los diferentes Grupos de Trabajo voluntarios. Se agrupan en cuatro grandes conjuntos: organización, finanzas, comunicación y contenido, pero no quiere decir que tengan que formarse cuatro Grupos de Trabajo, uno por cada conjunto de comisiones. Al contrario, cuantos más Grupos de Trabajo se formen en un Círculo, y más pequeña sea el área de trabajo en la que se especialicen, mejor cumplimentarán su cometido.

COMISIÓN DE ORGANIZACIÓN

  1. Creación y organización de los actos, eventos y reuniones aprobados por la Asamblea, para lo cual, si procede, se contratan transportes y servicios, y se compran, almacenan y gestionan materiales, etc. Publicación de un calendario de eventos y movilizaciones.
  2. Organización de cursos, charlas, debates públicos y otros actos tendentes a crear tejido social, empoderar la sociedad civil y mantener un contacto fluido y permanente con las asociaciones y actores sociales. Promover y ayudar a otras poblaciones cercanas a conformar sus propios Círculos.
  3. Elaboración, mediante encuestas, de un mapa de problemas y demandas de cada territorio o sector y un plan de intervención que cuente con la participación de la ciudadanía y los agentes sociales implicados. Invitación a dichos agentes, asociaciones vecinales, sociales, sindicales, etc., para que vengan a explicar sus demandas al Círculo. Contribuir a la elaboración de los programas electorales.
  4. Creación y promoción de mesas informativas donde explicar y difundir los objetivos y propuestas del Círculo PODEMOS PUERTOLLANO.
  5. Creación de los carteles, panfletos, octavillas etc., necesarios para el Círculo. Difusión física de la propaganda del Círculo. Participación en las campañas electorales, etc.

COMISIÓN DE FINANCIACIÓN

  1. Búsqueda y análisis de propuestas para fuentes de financiación con el fin de hacer frente a los gastos del Círculo.
  2. Publicación del patrimonio del Círculo: todo aquello que haya sido producido por el Círculo o que se haya comprado con donaciones u otras fuentes de financiación, y que ahora pertenezca al Círculo, debe ser conocido públicamente.
  3. Elaboración de presupuestos, seguimiento de las necesidades financieras de los diferentes Grupos de Trabajo.
  4. Asesoramiento y apoyo financiero a los diferentes Grupos de Trabajo, para que éstos puedan hacer frente a sus diversos gastos.
  5. Seguimiento de gastos. Obtención y clasificación de las facturas de todos los pedidos, viajes y gastos del Círculo. Rendición de las cuentas del Círculo y su publicación periódica ante la Asamblea y en la página web del Círculo.

COMISIÓN DE COMUNICACIÓN

  1. Gestión de las diversas aplicaciones informáticas del Círculo: correo, facebook, twitter, página web, etc. Maximización de tráfico web. Actualización de contenidos, convocatorias de Asambleas, Orden del Día, Actas, etc., en redes y por correo.
  2. Envío de los comunicados de prensa, buscando siempre su máxima difusión, e informando al Círculo de los comunicados enviados.
  3. Recopilación, clasificación y almacenaje de toda la información aparecida en medios de comunicación acerca del Círculo. Realización y almacenaje de fotografías, reportajes, vídeos de la Asamblea, actos, manifestaciones y todo tipo de documentación gráfica para el Círculo.
  4. Recopilación, clasificación y almacenaje de toda la información sobre mails, teléfonos, direcciones, etc., de prensa, radio, órganos oficiales de la región, la provincia y municipales (ayuntamiento, diputación, Consejerías, etc.), asociaciones locales, sociales, culturales, políticas, otros Círculos y Órganos de PODEMOS, provinciales, regionales, nacionales e internacionales. Mantenimiento del contacto del Círculo con personas, asociaciones, formaciones políticas, Círculos u organizaciones que requieran información o deseen transmitirnos información.
  5. Orientación a las personas que se pongan en contacto con el Círculo y que depositen su confianza en un Responsable al que confíen sus datos personales (nombres, direcciones, teléfonos etc..,) con el fin de mantener el contacto y recibir información del Círculo, siempre cumpliendo con la normativa vigente en materia de protección de datos, dando trato confidencial a toda información de carácter personal. Creación de un directorio de todos los Responsables y Grupos de Trabajo.

COMISIÓN DE CONTENIDO

  1. Recogida, análisis y publicación de los diferentes documentos éticos, organizativos y políticos de PODEMOS, a nivel estatal, territorial y de Círculo.
  2. Recogida, análisis y publicación de las diferentes propuestas acordes con el espíritu de PODEMOS para la elaboración del programa electoral, tramitadas por miembros del Círculo, Responsables, Grupos de Trabajo, ciudadanía y agentes sociales.
  3. Elaboración de contenidos y propuestas para la modificación de los Reglamentos del Círculo o de otros documentos de PODEMOS. Estudio de leyes electorales, bases presupuestarias y cualquier otro documento necesario para el buen desarrollo del Círculo.
  4. Evaluación y denuncia de cualquier desviación de los órganos y de los cargos públicos de PODEMOS, vigilando contra la corrupción, la opacidad, por la participación y las garantías de todos los procesos; vigilando que se haga efectivo el principio de paridad tanto en los órganos que componen el Círculo, como en las listas electorales.
  5. Apoyo al moderador o moderadora en las Asambleas presenciales del Círculo, si procede. Encargados de evitar cualquier tipo de discriminación de sexo, racial o religión dentro de la Asamblea y las comisiones. Que se cumpla el código ético, que no se lo salten a la torera.

Artículo 18. Principios organizativos de los Grupos de Trabajo.

Los grupos de trabajo funcionarán siguiendo el principio de máxima apertura, participación y transparencia. En este sentido se respetarán las siguientes normas mínimas:

  1. Ningún Grupo de Trabajo, Portavoz o Responsable puede bloquear la iniciativa de otros compañeros o compañeras, siempre y cuando estas estén acordes a los principios y Estatutos de PODEMOS.
  2. Ningún compañero o compañera puede desempeñar las responsabilidades asignadas por el Círculo de forma tal que limite la participación de otros, que se reserve información, etc. De suceder esto, la Asamblea puede revocar a esa persona de su responsabilidad.
  3. Los grupos de trabajo son abiertos y participativos. Comunican el día, hora y lugar de sus reuniónes para que cualquier persona pueda participar. Así mismo, comunican sus iniciativas para que cualquiera pueda sumarse a ellas.
  4. Cuando algún miembro del Círculo de PODEMOS PUERTOLLANO sea interpelado por un tercero (otra organización, colectivo, etc.), debe comunicar la propuesta que le hacen al resto de compañeros y compañeras, en Asamblea presencial siempre que sea posible, invitando a que otros puedan sumarse a la misma.

Artículo 19. Garantías.

Cualquier miembro de un Círculo podrá recabar la asistencia de la Comisión de Garantías Democráticas Territorial o, en su caso, Estatal, para defender en un procedimiento escrito (y contradictorio), el cumplimiento de los procedimientos establecidos.

Artículo 20. Superación de la pérdida de confianza entre miembros del Círculo.

  1. En caso de que se haya producido la pérdida de confianza sobre uno o varios miembros del Círculo, o existan sospechas fundadas sobre el comportamiento de un compañero o compañera, se deberá poner en marcha un procedimiento garantista, en el que al tiempo que se exponen con transparencia los motivos que llevan a la pérdida de confianza, se privilegie y garantice el derecho a la defensa de la persona cuestionada.
  2. Si algún compañero o compañera, en lugar de seguir este procedimiento garantista, opta por difamar y generar desconfianza sobre otro compañero sin garantizar su derecho a defenderse, estará incurriendo en una falta grave en la medida en que se compromete gravemente la cohesión interna de la organización.
  3. Para la resolución de conflictos de pérdida de confianza el Círculo deberá poner en marcha el procedimiento de “Moción de confianza/revocatorio”: 1. Recoger firmas para iniciar el proceso de moción de confianza. En caso de que la moción de confianza sea un proceso revocatorio de las tareas de un miembro del Círculo, las firmas deberán superar el 20% de los apoyos que recibió el miembro del Círculo cuando se le asignó la tarea. 2. Convocar una Asamblea específica para tratar el tema, con antelación mínima de 7 días, con una hora y lugar de convocatoria claros, y con un orden del día en el que se especifique claramente el tema a tratar y en el que se eviten otros temas propios del Círculo. 3. Garantizar la presencia de un moderador/a aceptado por ambas partes, para facilitar el debate. En caso de que sea necesario, los compañeros y compañeras del Área Estatal de Extensión de PODEMOS apoyarán en esta labor. 4. Dar un tiempo limitado (20 minutos aproximadamente) a las partes en conflicto para exponer sus posiciones. Tras las exposiciones, la Asamblea podrá hacer preguntas a las partes. No se trata de un debate, sino de aclarar dudas sobre las exposiciones. 5. Tras ello, se abrirá un proceso de votación de los miembros de la Asamblea sobre si, efectivamente, la Asamblea ha perdido confianza sobre ese compañero o compañera, o por el contrario la renueva. 6. En caso de que la Asamblea haya perdido la confianza en ese compañero/a (reglamento de faltas) se abrirá un turno de debate para acordar las medidas que se adoptarán, que en ningún caso implicarán la expulsión de un miembro de PODEMOS, pero que sí podrán incluir la suspensión temporal de su derecho al voto o al ejercicio de determinadas funciones en el Círculo, y/o la revocación de sus funciones, si las tuviera. 7. El objetivo de las medidas debe ser siempre el de restituir las condiciones de confianza interna en el Círculo, a la vez que se respetan los derechos de todo miembro de PODEMOS de recuperar la confianza perdida y seguir participando del partido en cualquiera de las otras formas posibles no recogidas en dichas medidas.
  4. Si tras este proceso alguna de las partes encontrara vulnerados los derechos recogidos en estos Estatutos en su calidad de inscrito o afiliado de PODEMOS podrá recurrir el procedimiento a la Comisión de Garantías Democráticas competente, que en cualquier caso podrá actuar también de oficio.

CAPÍTULO 4. PRINCIPIOS ORGANIZATIVOS DE LA ASAMBLEA

Artículo 21. Convocatoria de Asambleas.

Se recomienda convocar Asamblea Ciudadana Ordinaria una vez al mes. Cada Asamblea decide la fecha y lugar de la siguiente Asamblea, pudiendo elegir una fecha y lugar alternativos por si hubiera problemas con la primera opción. Cuando ocurran sucesos imprevistos o de suma urgencia que requieran ser atendidos y solucionados por la Asamblea Ciudadana del Círculo, bastará el acuerdo de tres Responsables para convocar una Asamblea Ciudadana Extraordinaria.

Artículo 22. Orden del Día.

El Orden del Día es la lista de los asuntos a tratar en la Asamblea y sobre los cuales la Asamblea va a resolver y decidir. La elaboración del Orden del Día está permanentemente abierta a la participación ciudadana en una página web a la que puedan acceder todas las personas que lo deseen. En esta página web del Círculo, cualquier persona podrá añadir propuestas para el orden del día y valorarlas, de modo que las más votadas tendrán prioridad. Como recomendación orientativa, se escogerá un máximo de ocho cuestiones, o las que puedan ser tratadas en unas dos horas de duración prevista para la Asamblea. Las personas que no tengan acceso a internet podrán proponer puntos del orden del día y votarlos a través de los responsables o Grupos de Trabajo.

Artículo 23. Publicidad.

El Círculo PODEMOS PUERTOLLANO hará públicas las convocatorias de sus Asambleas presenciales Ordinarias, con el Orden del día, con una semana de antelación. Publicará las convocatorias de sus Asambleas presenciales Extraordinarias, con el Orden del Día, con dos días de antelación. El Círculo hará publicas las actas aprobadas por todas las Asambleas, Ordinarias o Extraordinarias, en donde se consignarán las decisiones tomadas, con los votos a favor, los votos en contra y las abstenciones.

Artículo 24. Moderadores y tomadores de acta.

La elección de Responsables para moderar la Asamblea y para tomar acta durante la Asamblea se realiza también de una manera abierta al público. En la página web del Círculo, junto al espacio para la elaboración del Orden del Día, habrá otro espacio para que cualquiera que lo desee se ofrezca voluntario para realizar estas funciones. Habrá un único moderador/a en la Asamblea, por lo que, en caso de que se presenten varios, el que reciba más votos será el moderador/a, y el siguiente quedará como segunda opción. Podrá haber varios tomadores de acta que luego se pondrán de acuerdo y firmarán el acta conjuntamente. En caso de que se vaya a iniciar la Asamblea sin que se hayan ofrecido voluntarios para estas funciones, se pedirán antes del inicio, y si es necesario, se sortearán estas funciones entre los asistentes. La Asamblea debe ser una escuela de aprendizaje y de empoderamiento ciudadano, y así debe recordarse continuamente.

Artículo 25. Funciones del moderador/a.

El moderador/a controla los tiempos y las formas, y es responsable de que se traten todos los puntos del Orden del Día, hablen todas las personas que lo deseen por turno, se delibere y se tomen decisiones de forma ordenada y en un clima de confianza y camaradería.

  1. El moderador/a anuncia la hora de inicio y cierre de la Asamblea. Da la bienvenida a los asistentes. Se presenta a sí mismo/a y a la o las personas que van a tomar acta.
  2. Presenta el Orden del Día, escribiéndolo en la pizarra si es posible, a la vista de todos/as.
  3. Introduce cada punto del Orden del Día, asegurándose de que se hable, se delibere y se decida correctamente cada punto antes de pasar al siguiente.
  4. Se asegura de que toman la palabra por turno todos los que la piden alzando la mano, y que ejerzan el uso de la palabra sin interrupciones. Aunque el moderador/a puede apuntar los nombres de quienes desean hablar en un papel, es mejor que lo haga en la pizarra si es posible, pues de esta manera todos visualizan cuándo les llega su turno y se aseguran de que el moderador/a los apuntó.
  5. Asegurarse de que se toman los acuerdos y decisiones pertinentes por parte de la Asamblea. No basta con que las personas individuales den su opinión. A veces es necesario que la Asamblea opine como grupo, por lo que hay que votar para ver si la Asamblea acepta una determinada posición o postura. Igualmente, para aprobar que se hagan determinadas tareas, actividades o trabajos por parte de Responsables o Grupos de Trabajo, la Asamblea debe votar. Los resultados de estas votaciones siempre se consignarán en el Acta, pues es la voluntad de la Asamblea.
  6. La persona que modera debe controlar el tiempo y pedir intervenciones más cortas cuando se vaya mal de tiempo, con el fin de que hablen todos los que tienen algo que decir sobre el tema.
  7. El moderador o moderadora debe cortar enfrentamientos personales y salidas fuera de tono, recordando el código ético de PODEMOS.
  8. El moderador o moderadora es un miembro más de la Asamblea, y como tal tiene derecho a hablar y defender su opinión. Pero no debe abusar de su posición hablando cuando no le corresponde o más tiempo que los demás. Debe alzar la mano como cualquier otro miembro de la Asamblea que desee hablar y apuntar su nombre a continuación de los demás nombres apuntados.
  9. El moderador/a debe realizar de vez en cuando una síntesis de las posiciones de quienes han hablado, intentando conciliar las divergencias con el fin de facilitar la toma de acuerdos, y que éstos se tomen por consenso siempre que sea posible.
  10. Despedir la Asamblea tras asegurarse de que se han concluido todos los puntos del Orden del Día, se han aprobado o revocado Responsables y Grupos de trabajo, y se ha convocado fecha y lugar para la siguiente Asamblea.

Artículo 26. Funciones de la persona que toma Acta.

  1. La o las personas que toman Acta deben anotar las conclusiones a las que se ha llegado como Asamblea en cada uno de los Puntos del día, así como las decisiones que se han tomado, consignando los votos a favor, en contra y las abstenciones a cada propuesta.
  2. No es necesario apuntar las opiniones personales, ni incluir nombres propios en el acta, excepto los nombres del moderador/a y de quienes toman Acta.
  3. Anotar el número de la Asamblea, la fecha y lugar de celebración y la hora de inicio y cierre, momentos que serán anunciados por el moderador/a.
  4. Contar el número de personas con capacidad de votar (mayores de 14 años) que asisten a la Asamblea y consignarlo en el Acta.
  5. Apuntar cualquier incidente que el moderador/a considere oportuno.

Artículo 27. Comportamiento en la Asamblea.

No se permite en el Círculo PODEMOS PUERTOLLANO actitudes sexistas, xenófobas, autoritarias, homófobas, denigrantes, insultantes, acusaciones o caricaturas, difamaciones ni violencia verbal o física. Se prohíbe el abuso de autoridad y cualquier tipo de acoso, ya sea físico o psicológico, así como cualquier otra conducta que pueda generar un entorno de trabajo intimidatorio, ofensivo u hostil para las personas, contrario a la defensa de los derechos humanos.

Los asistentes a la Asamblea se comprometen a respetar al moderador/a, que tiene la máxima autoridad en la Asamblea. Se comprometen a respetar el turno de palabra de todas las personas que asistan a las Asambleas.

Cualquier persona inscrita en PODEMOS podrá solicitar la asistencia de la Comisión de Garantías Democráticas territorial o, en su caso, Estatal, para defender en un procedimiento escrito y contradictorio, la prevalencia en cualquier Círculo de este Estatuto y los principios fundamentales en él expresados.


CAPÍTULO 5: FINANCIACIÓN

Artículo 28. Financiación y transparencia.

El Círculo PODEMOS PUERTOLLANO está obligado a hacer públicas sus cuentas, medios de financiación y uso de recursos económicos, a través de mecanismos accesibles a la ciudadanía, y con una periodicidad mínima de seis meses.

Artículo 29. Patrimonio del Círculo.

El patrimonio del Círculo es inembargable e intransferible por cualquiera de sus miembros, pertenece al Círculo y esta circunstancia sólo puede alterarse por la disolución del Círculo.


CAPÍTULO 6. DISOLUCIÓN

Artículo 30. Disolución del Círculo.

La Comisión de Garantías Democráticas elaborará un reglamento de aplicación de estos Estatutos en lo referente a la disolución forzosa de un Círculo en casos de incumplimiento de los principios de PODEMOS.

En caso de disolución del Círculo, su patrimonio pasará a formar parte del patrimonio del órgano territorial inmediatamente superior.


PROPUESTA DE MEJORA DEL REGLAMENTO